Servicios de derecho de familia
Servicio en Louisville, Shepherdsville, Burlington y Shelbyville, KY
En Fernandez & Moloney PLLC, comprendemos las complejidades emocionales y financieras que implican los asuntos de derecho familiar. Nuestro equipo legal se compromete a brindar servicios legales compasivos e integrales a personas y familias que enfrentan problemas como divorcio, custodia y manutención de menores en Louisville, Shepherdsville, Burlington y Shelbyville, KY. Con años de experiencia en derecho familiar, colaboramos estrechamente con nuestros clientes para guiarlos en el proceso legal y asegurar los mejores resultados posibles para su futuro.
DIVORCIO
El divorcio puede ser difícil para una familia en más de un sentido, y comprendemos la carga emocional que estos casos pueden tener. Sea o no su decisión, su divorcio debe proceder de manera que su voz sea escuchada. Por eso nos esforzamos por abordar cada caso con atención y cuidado, y nos comprometemos a acompañarle en cada paso del proceso. Redactaremos los documentos para iniciar el divorcio, presentaremos todas las mociones pertinentes, asistiremos a la mediación o haremos todo lo necesario para ayudar a resolver cualquier disputa en los tribunales o para finalizar un acuerdo sobre la custodia de los hijos, la pensión alimenticia o la distribución de los bienes conyugales.
El estado de Kentucky aplica el principio de "sin culpa" en cuanto a las causales de divorcio, lo que significa que ninguno de los cónyuges tiene que demostrar quién es el responsable del divorcio (por ejemplo, adulterio). En cambio, el cónyuge que solicita el divorcio solo tiene que declarar que hubo una ruptura irreparable en la relación, por lo que el divorcio es la mejor opción.
DIVORCIO CONTESTADO
Un divorcio requiere que el Tribunal garantice una división equitativa de los bienes y deudas de la pareja, así como que, potencialmente, tome decisiones sobre los hijos. Cuando no se llega a un acuerdo sobre los términos y condiciones del divorcio, el Tribunal de Familia probablemente remitirá a ambas partes a mediación. La mediación es un proceso en el que ambas partes y sus abogados se reúnen con un tercero imparcial, conocido como mediador. El objetivo de la mediación es ayudar a las partes y a sus abogados a resolver cualquier asunto pendiente de la manera más amistosa y económica posible. La mediación es una herramienta invaluable para que las partes encuentren soluciones individualizadas para sus familias.
Si las partes no llegan a un acuerdo sobre todos los asuntos en la mediación, se programará una audiencia o juicio para que cada parte presente sus argumentos ante el juez. Una vez que el juez conozca el caso, formulará conclusiones de hecho y de derecho para resolver cualquier asunto pendiente. El tiempo que esto requiere varía según el número y la complejidad de los asuntos pendientes, así como la disposición de las partes a llegar a un acuerdo.
Los divorcios contenciosos complican aún más una situación ya de por sí emotiva y estresante. Nos apoyamos en nuestra amplia experiencia para brindarle una representación sólida y garantizar la protección de sus derechos e intereses financieros para su bienestar futuro.
DIVORCIO DE CONVENIO
Muchas personas desean resolver sus divorcios de la manera más eficiente y amistosa posible. Muchas veces, esto se puede lograr mediante un divorcio de mutuo acuerdo. Si ambos cónyuges están de acuerdo, podemos trabajar para ayudar a mantener la paz familiar y garantizar que reciban un acuerdo justo. Una ventaja obvia de un divorcio de mutuo acuerdo es el costo. Los divorcios de mutuo acuerdo suelen ser mucho menos costosos que los divorcios contenciosos. Si las parejas logran un acuerdo sobre los términos de su divorcio, los honorarios se minimizan al evitar los procedimientos judiciales, la mediación y la participación de profesionales externos. Otra ventaja de los divorcios de mutuo acuerdo es la rapidez con la que avanza el proceso. En Kentucky, un divorcio de mutuo acuerdo suele tardar entre 60 y 90 días después de la presentación de los documentos de divorcio. El proceso es más corto que un divorcio contencioso porque no hay audiencias judiciales ni procedimientos de divorcio.
CUSTODIA
Nada es más importante que sus hijos y su papel en sus vidas; por eso necesita un abogado que comprenda la importancia de estos procedimientos. Cuando las circunstancias hacen que los niños vivan en hogares diferentes, pueden surgir diversos desafíos, como mudanzas, conflictos de horarios, relaciones difíciles de crianza compartida o dificultades con personas que no son sus padres. Como padre, usted reconoce que su felicidad y salud son lo más importante, y la ley lo respeta. Lo más importante para el Tribunal en lo que respecta a su hijo es que usted haga lo que sea mejor para él. Al hacerlo, el Tribunal tomará decisiones sobre la custodia, el tiempo de crianza, la manutención infantil y cualquier otra decisión necesaria. Estos términos a menudo pueden ser confusos, pero en general significan:
- Custodia: En Kentucky, se presume (refutable por preponderancia de la evidencia) que los padres deben compartir la custodia. La custodia legal se refiere a la capacidad de un padre para tomar decisiones sobre la educación, la atención médica, la religión y otras decisiones importantes de la vida del niño.
- Tiempo de crianza: Existe también una presunción refutable de que los padres deben compartir un tiempo de crianza equitativo. Si bien no siempre es posible dividir el tiempo al 50%, los tribunales deben trabajar para garantizar que los padres puedan estar lo más cerca posible tras considerar factores como el trabajo, la ubicación de la escuela, las actividades extracurriculares u otras limitaciones de tiempo.
- Manutención infantil: En Kentucky, los hijos tienen derecho a recibir la manutención de ambos padres. La manutención infantil está destinada a cubrir el cuidado diario de los hijos de ambas partes. El Tribunal, al establecer la obligación de manutención, aplicará las Directrices de Manutención Infantil de Kentucky, que consideran los ingresos brutos de ambas partes, los costos laborales del cuidado infantil, el costo del seguro médico del hijo y el horario de crianza de las partes.
La manutención infantil continúa hasta que el niño cumpla dieciocho años o se gradúe de la escuela secundaria, lo que ocurra último. Siempre es modificable si hay un cambio demostrable en las circunstancias. Los tribunales suelen definir un cambio en las circunstancias como una variación del quince por ciento en el monto previamente otorgado para la manutención infantil.
¿QUÉ SIGNIFICA “EN EL MEJOR INTERÉS DEL NIÑO”?
La ley de Kentucky exige que el tribunal considere la siguiente lista de factores específicos al decidir qué es lo mejor para el niño. Estos factores son:
- los deseos de los padres del niño y de cualquier custodio “de facto”;
- los deseos del niño, considerando cualquier influencia que un padre o tutor de facto pueda tener sobre estos deseos;
- la relación del niño con sus padres, hermanos y cualquier otra persona que pueda afectar significativamente sus intereses superiores;
- la motivación de los adultos que participan en el procedimiento de custodia;
- la adaptación del niño y la proximidad continua al hogar, la escuela y la comunidad;
- la salud mental y física de todas las personas involucradas;
- Violencia doméstica por parte de una de las partes contra el niño u otra parte
- el grado en que el niño ha sido cuidado, nutrido y apoyado por un custodio de facto;
- la intención del padre o los padres al colocar al niño con un custodio de facto y las circunstancias en las que el niño fue colocado o se le permitió permanecer bajo la custodia de un custodio de facto; y
- la probabilidad de que una de las partes permita al niño un contacto frecuente, significativo y continuo con el otro padre o custodio de facto, a menos que se determine que existe violencia doméstica que ponga en peligro la salud o la seguridad del niño o de la otra parte.
ÓRDENES DE PROTECCIÓN (EPO/IPO/DVO)
Si su seguridad está en riesgo debido a las acciones de un familiar, es imperativo solicitar una orden de protección contra la violencia doméstica. Una víctima de violencia doméstica puede solicitar protección, a menudo denominada orden de protección de emergencia, presentando una petición en su condado de residencia o en otro condado si huye de la violencia doméstica. Esta protección puede otorgarse solo para el solicitante o en nombre de menores de dieciocho (18) años. Si usted es menor de edad, un familiar adulto de confianza puede solicitar protección en su nombre. El Centro de Atención de Violencia Doméstica (DVIC) del Condado de Jefferson, Kentucky, está disponible las 24 horas, todos los días. El DVIC se encuentra en el Palacio de Justicia, en la esquina de las calles 6 y Jefferson.
Si se emite una orden de protección, esta permanecerá vigente a la espera de una audiencia para determinar si se requiere protección adicional. La orden de protección puede restringir que un presunto autor de violencia doméstica se comunique con el solicitante, exigirle que abandone la vivienda compartida, impedirle disponer o destruir bienes, impedirle poseer armas de fuego o incluso otorgarle la custodia temporal de los hijos.
Si el Tribunal determina que ha ocurrido violencia doméstica y es probable que vuelva a ocurrir, dictará una orden de protección por violencia doméstica por hasta tres (3) años. Las condiciones específicas de cada orden de protección por violencia doméstica pueden variar, pero pueden incluir restricciones de contacto, prohibición de posesión de armas de fuego, expulsión de la vivienda compartida, órdenes de no enajenar ni dañar bienes, requisitos de asesoramiento y disposiciones sobre custodia temporal y manutención infantil.
Términos importantes:
- Violencia doméstica: Incluye lesiones físicas, acecho, agresión sexual, asalto, estrangulamiento o la inflicción de miedo a través de amenazas cometidas por un miembro de la familia.
- Acecho: Participar en una conducta intencional, dirigida a una o más personas específicas, que alarme, moleste, intimide o acose gravemente a la o las personas, no tenga un propósito legítimo y cause a una persona razonable un sufrimiento mental considerable. (Es decir, cualquier conducta prohibida como acecho según KRS 508.140 o 508.150).
- Familiar: Cualquier persona que conviva con un menor si este es la presunta víctima. Un cónyuge o excónyuge, una pareja de hecho con quien conviva o haya convivido, una persona con quien tenga un hijo en común, un abuelo, un nieto, un padre, un hermano adulto, un hijo o hijastro, o cualquier persona que conviva con un menor si este es la presunta víctima.
DERECHOS DE LOS ABUELOS
El divorcio, la separación, el fallecimiento de uno de los padres u otros cambios familiares pueden afectar la relación de los abuelos con sus nietos. Si usted es un abuelo a quien se le ha negado el acceso a sus nietos debido a un evento de este tipo, tiene derecho a reclamar el derecho de visita. El principio rector que guía a los jueces al decidir si el derecho de visita de los abuelos es apropiado es el interés superior del niño. El abuelo tendrá la carga de la prueba, es decir, el deber de aportar pruebas suficientes para demostrar que el derecho de visita es en el interés superior del niño.
Apoyo Jurídico Integral para Asuntos Familiares
Los casos de derecho familiar pueden ser abrumadores, y es crucial contar con un abogado con experiencia y dedicación a su caso. En Fernandez & Moloney PLLC, ofrecemos una gama completa de servicios de derecho familiar, desde divorcios hasta custodia y manutención de menores, con el objetivo de lograr el mejor resultado posible para usted y su familia. Nuestros abogados se comprometen a ofrecer una representación legal atenta y personalizada, adaptada a sus necesidades específicas. Si enfrenta un problema de derecho familiar en Louisville, Shepherdsville, Burlington y Shelbyville, KY, contáctenos hoy mismo para programar una consulta y descubrir cómo podemos ayudarle a superar este momento difícil.